Santiago, 25 de junio de 2018 – El robo de los US$10 millones a través de un ciberataque al Banco de Chile, sigue teniendo consecuencias en el mundo financiero chileno, esta vez en el sistema de pago de alto valor utilizado por la industria financiera del país, es así que el Banco Central (BCCh) publicó para consulta un “Protocolo de Contingencia para Sistemas de Pago de Alto Valor (PCSPAV)” el cual tiene por objetivo perfeccionar y complementar los sistemas de continuidad operacional actualmente disponibles.
En este sentido, el PCSPAV es una herramienta adicional para preservar el funcionamiento de las infraestructuras que permiten canalizar pagos de alta cuantía entre empresas bancarias, frente a Eventos Operacionales Críticos (EOC) tales como errores humanos, ciberataques, problemas de seguridad física de las personas, fallas de hardware y software, entre otras situaciones que afecten la infraestructura física o tecnológica utilizada por los sistemas de pago de alto valor (SPAV).
En Chile, los SPAV están conformados por el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR), administrado por el BCCh y la Cámara de Compensación de Pagos de Alto Valor (CCAV), operada por la Sociedad Combanc S.A. Ambos sistemas se encuentran sujetos a la regulación del BCCh.
Los SPAV, en tanto, canalizan mayoritariamente las transacciones interbancarias y son una pieza fundamental para el funcionamiento del sistema financiero y de la economía en su conjunto. En consecuencia, velar por su continuidad operacional es una preocupación de primer orden para el BCCh, directamente relacionada con su objeto constitucional de velar por el normal funcionamiento de los pagos internos y externos y, desde una perspectiva más amplia, por la estabilidad del sistema financiero.
En el contexto de este mandato, desde el año 2016 el BCCh dio inicio a un trabajo conjunto con la sociedad operadora de Combanc S.A., con el fin de analizar los términos y condiciones establecidos en este PCSPAV. El esquema de este nuevo protocolo de contingencia fue informado al Consejo el 12 de enero de 2018, oportunidad en que se decidió trabajar en la redacción de la normativa, cuyo texto se aprobó esta semana para consulta. En este sentido, este Protocolo se sustenta en el trabajo conjunto de los operadores de los SPAV, estableciendo su adherencia voluntaria a los estándares de cooperación técnica y coordinación operacional dispuestos para enfrentar y solucionar los escenarios de contingencia descritos en esta iniciativa.
El PCSPAV estará contenido en el nuevo Capítulo III.H.2 del Compendio de Normas Financieras (CNF) del BCCh y se aplicará en plena consistencia con las regulaciones propias de los Sistemas LBTR (Capítulo III.H.4 y III.H.4.1 del CNF) y de aquellas regulaciones aplicables a la CCAV (Capítulo III.H.5 del CNF). El Capítulo III.H.2 contenía originalmente instrucciones para la constitución de una Cámara de Compensación de Operaciones Interfinancieras, que se incorpora en una versión actualizada en el Anexo N°3 del nuevo Capítulo. El PCSPAV es una herramienta complementaria que se utilizaría en casos en los cuales resultaran insuficientes los sistemas de continuidad operacional propios de los Sistemas LBTR y CCAV, requeridos de acuerdo a sus regulaciones específicas.
La implementación de estos procedimientos de contingencia operacional presupone que las funciones del personal en las entidades a cargo del funcionamiento de losSPAV, se continúen ejerciendo normalmente, sin perjuicio de las adecuaciones transitorias requeridas para mantener o recuperar la continuidad operacional, ya sea que impliquen el traslado a sitios alternativos y/o la aplicación de otras medidas extraordinarias mientras se subsane la contingencia respectiva.
El período de consulta se extenderá hasta el día 22 de julio, inclusive. Los comentarios pueden ser presentados en la Oficina de Partes del Banco, o bien enviados al correo consulta_pcspav@bcentral.cl. Cabe indicar que el Banco publicará en su sitio web los comentarios formulados dentro del plazo señalado, reservándose el derecho a editarlo o resumirlos; y, en su caso, la respuesta que aquéllos le merezcan, remitida a través de su División de Política Financiera.


