• El Ministerio de Tecnologías de la Información y lasComunicaciones (MinTIC) expidió la Resolución 2614 de 2022, por la cual se actualiza la Reglamentación del Servicio Público de Radiodifusión Sonora, ajustado a la realidad legislativa y económica del sector.
  • Con esta se busca promover una prestación más eficiente del servicio público de radiodifusión e impulsar su continuidad.
  • En la nueva Regulación se actualizaron y simplificaron los procedimientos y requisitos aplicados al servicio público de radiodifusión sonora y se dio mayor claridad a los concesionarios sobre sus derechos y obligaciones.

Bogotá, 28 julio de 2022.- (@Ministerio_TIC). La nueva Regulación del
servicio desarrolla los alcances, objetivos, fines, principios y las
condiciones para su prestación, de igual forma deja claros los derechos
y obligaciones de los concesionarios; los criterios para la
organización, encadenamiento y otorgamiento de la concesión para la
prestación del servicio, así como su clasificación y las condiciones
de cubrimiento y programación.

La Resolución 2614 de 2022 responde a la necesidad de actualizar el
reglamento del servicio de radiodifusión; que no ha sido modificado
desde la fecha de expedición de la Resolución 415 de 2010. Durante
estos 12 años se han producido cambios en la legislación con relación
al régimen jurídico general del sector de las tecnologías de la
información y las comunicaciones (TIC). Entre estos cambios se destacan
la expedición del Decreto 1078 de 2015 Único Reglamentario del Sector
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y la
aprobación de la Ley 1978 el 2019 “Por la cual se moderniza el Sector
de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se
distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras
disposiciones”, que hicieron necesario actualizar el régimen
aplicable a la prestación del servicio público de radiodifusión
sonora ajustándolo a las nuevas condiciones legales.

La nueva Regulación actualiza y simplifica los procedimientos y
requisitos aplicados al servicio público de radiodifusión sonora y se
dio mayor claridad a los concesionarios sobre sus derechos y
obligaciones. Asimismo, se estableció un régimen de transición que
permitirá la formalización de las prórrogas de las concesiones que a
la fecha no tienen definida su situación jurídica.

Con esta se busca promover una prestación más eficiente del servicio
público de radiodifusión e impulsar su continuidad, de tal manera que
se cumpla la finalidad de satisfacer las necesidades de
telecomunicaciones de los habitantes del territorio nacional.

La expedición de la Resolución se fundamentó en lo establecido con el
parágrafo del artículo 58 de la Ley 1341 de 2009 que señala que
corresponde al MinTIC expedir la reglamentación del servicio público
de radiodifusión sonora y, acorde al artículo 57 de la citada Ley; que
define la clasificación del servicio de radiodifusión sonora,
atendiendo los fines del servicio y las condiciones de cubrimiento del
mismo.

Es con hechos y en equipo que el MinTIC contribuye a difundir la
cultura, fortalecer la democracia a través del impulso al servicio
público de radiodifusión sonora.

Para más información haga clic aquí [1]

[1] 
https://nam10.safelinks.protection.outlook.com/?url=http%3A%2F%2Fwww.mintic.gov.co%2Finfo%2Fdeclinacion_responsabilidad.htm&data=05%7C01%7Clneiram%40mintic.gov.co%7C66fadc2333244a625b0d08da6e80659a%7C1a0673c624e1476dbb4dba6a91a3c588%7C0%7C0%7C637943795014907321%7CUnknown%7CTWFpbGZsb3d8eyJWIjoiMC4wLjAwMDAiLCJQIjoiV2luMzIiLCJBTiI6Ik1haWwiLCJXVCI6Mn0%3D%7C3000%7C%7C%7C&sdata=HZEjN6czmdiRtY6PuidXAi8RpZGshIhlzXLx4X%2FmaiE%3D&reserved=0


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