Santiago, 05 de junio de 2025 – Este miércoles 4 de junio, la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) emitió la Instrucción General N°1, publicada en el Diario Oficial, que establece la obligación para todas las entidades públicas y privadas calificadas como prestadoras de servicios esenciales, según lo dispuesto en la Ley N°21.663, de inscribirse en la plataforma oficial de reporte de incidentes de ciberseguridad.
¿Quiénes deben inscribirse?
La obligación recae sobre todas las instituciones públicas y privadas que presten servicios calificados como esenciales conforme al artículo 4° de la Ley N°21.663. Estos servicios incluyen sectores críticos como salud, energía, telecomunicaciones, transporte, servicios financieros, entre otros. Además, la ANCI podrá calificar como operadores de importancia vital a instituciones privadas que, aunque no tengan la calidad de prestadores de servicios esenciales, reúnan ciertos requisitos y cuya calificación sea indispensable por haber adquirido un rol crítico para el abastecimiento de la población, la distribución de bienes o la producción de aquellos indispensables o estratégicos para el país.
¿Cómo realizar la inscripción?
La inscripción debe realizarse a través del portal oficial de la ANCI: https://portal.anci.gob.cl. Para ello, es necesario contar con Clave Única y un segundo factor de autenticación, como una aplicación TOTP o el uso de passkeys. La confidencialidad de estas credenciales será responsabilidad exclusiva del encargado designado.
¿Quién debe realizar la inscripción?
La inscripción debe ser efectuada por la persona encargada de reportar ciberataques o incidentes de ciberseguridad, quien actuará como contraparte técnica ante la ANCI. Esta persona será responsable de mantener actualizada la información y de reportar cualquier incidente de ciberseguridad que afecte a la institución.
¿Cuál es el plazo para inscribirse?
Las instituciones afectadas deberán realizar esta inscripción voluntaria en un plazo de cinco días hábiles a partir de la publicación de la instrucción en el Diario Oficial, es decir, hasta el 11 de junio de 2025. Posterior a esa fecha será obligatoria la inscripción.
¿Qué implica no cumplir con esta obligación?
El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones conforme a lo establecido en la Ley N°21.663 y su reglamento. Además, la falta de inscripción impide a la institución reportar incidentes de ciberseguridad, lo que podría agravar las consecuencias de un ciberataque y afectar la continuidad de los servicios esenciales que presta.
Para más información y detalles sobre el proceso de inscripción, se recomienda consultar la Instrucción General N°1 publicada en el Diario Oficial y visitar el portal oficial de la ANCI: https://portal.anci.gob.cl.


