El pasado martes 16 de septiembre se publicó en el Diario Oficial la primera nómina de instituciones preliminarmente calificadas como Operador de Importancia Vital (OIV). De acuerdo con lo establecido por el Reglamento, las instituciones privadas incluidas en este listado tienen derecho a presentar sus observaciones dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la publicación de la nómina.
¿Cómo hacer el trámite?
Las observaciones deben presentarse únicamente a través del portal institucional https://portal.anci.gob.cl/ registrándose con su Clave Única.
Para que sean válidas, el trámite debe ser realizado por el representante legal de la institución privada, quien tendrá que registrarse e iniciar sesión en el sitio web, además de adjuntar:
- Certificado de vigencia de la persona jurídica.
- Certificado de vigencia de poderes del representante legal.
Ambos documentos deben contar con una fecha de emisión que no exceda de 90 días.
Al ingresar al portal, el representante legal verá dos opciones de formularios, el primero, “Instituciones privadas preliminarmente calificadas: observaciones” (como se ve en la imagen) es el que le permitirá ingresar para dejar sus comentarios y documentos que estime pertinentes.

Criterios de calificación como OIV
La Ley Marco de Ciberseguridad establece que la Agencia podrá calificar como OIV a aquellos prestadores de servicios esenciales que reúnan los siguientes requisitos:
- Que la provisión de dicho servicio dependa de redes y sistemas informáticos; y
- Que la afectación, interceptación, interrupción o destrucción de sus servicios tenga un impacto significativo en la seguridad y el orden público, en la provisión continua y regular de servicios esenciales, en el efectivo cumplimiento de las funciones del Estado o, en general, de los servicios que éste debe proveer o garantizar.
A su vez, el Reglamento del Procedimiento de Calificación de Operadores de Importancia Vital estableció que, para determinar el impacto significativo, la Agencia deberá considerar uno o más de los siguientes criterios:
- El número de potenciales afectados, tanto directos como indirectos.
- La redundancia del servicio.
- La monoprovisión del servicio.
- La dependencia de los servicios proveídos entre sí o con otros servicios esenciales.
- La relevancia de la institución que pudiera verse afectada.